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Patín eléctrico, ¿un intruso en la ciudad?

El impulso de este vehículo de movilidad personal ha abierto un debate sobre los límites de su utilización entre usuarios, peatones y legisladores.
Imagen: Liam Martens

Eroski-Ramiro Varea.- Hace poco de la irrupción del patín eléctrico en las grandes y medianas ciudades. Pero ha sido tiempo suficiente para que se genere el debate sobre su utilización y sus limitaciones. Sus defensores destacan las virtudes de un vehículo que no genera gases contaminantes ni ruidos, no provoca atascos ni problemas de aparcamiento, es barato y su mantenimiento resulta sencillo. Sus detractores critican la inseguridad vial que provoca tanto en peatones como en conductores, la escasa regulación, la invasión de las aceras y la desincentivación del transporte público. En las siguientes líneas abordamos la necesidad de regular la circulación del patín eléctrico en aras a garantizar la convivencia con peatones y otros vehículos. Y, además, respondemos cinco cuestiones básicas acerca de su uso.
La polémica acompaña al patín eléctrico, que puede convertirse en uno de los regalos estrella de estas festividades. Se trata de un vehículo de movilidad personal (VMP) que cada vez cuenta con más adeptos.
Se piensa que los patines deberán circular fuera de la acera, por la calzada o zonas delimitadas, a una velocidad máxima de 25 km/h. Además, por el hecho de clasificar al patín eléctrico como un vehículo, "se le aplicarían ciertas medidas del Reglamento de Circulación, como son los controles de alcohol, drogas o la prohibición del uso de auriculares y dispositivos electrónicos". Los municipios, a través de sus ordenanzas municipales, podrán aplicar medidas adicionales para regular su empleo en las vías urbanas.

La regulación es la clave

La versatilidad es uno de los puentes fuertes de los patines eléctricos y, por extensión, del resto de VMP. Los avances tecnológicos han propiciado que el patín sea muy fácil de usar. Se puede doblar y llevar en el bus, o subirlo a la oficina. "Pero sería un error pensar que va a desbancar a otros medios de transporte que ya existen. Es simplemente una opción más. Una alternativa muy buena sobre todo en las grandes ciudades, siempre y cuando se le dote de una buena regulación.
Para proteger a los peatones, hoy en día los patines eléctricos no deben circular por aceras, limitar su velocidad máxima a 30 km/h y se establecer sanciones por un uso inadecuado
No existen datos oficiales sobre el número de usuarios y de ventas, pero el sector admite que en el último año se ha disparado su utilización.
En el centro de algunas ciudades -Madrid y Barcelona, sobre todo- se han convertido en parte del paisaje urbano en un tiempo récord. Y los responsables municipales han tomado cartas en el asunto con la aprobación de unas ordenanzas que regulan con claridad su uso.
Más allá de la particularidad de cada normativa (cada ciudad cuenta con su propia regulación), existen elementos comunes: los patines eléctricos no deben circular por aceras, está limitar su velocidad máxima en las calzadas a 30 km/h, en el mejor de los casos, y se establecer sanciones por una utilización inadecuada. El objetivo es proteger al peatón y acotar la ley de la selva en la que vivían inmersas muchas localidades con respecto al empleo de unos vehículos que han vivido en un limbo legal.
"Los patines eléctricos no estaban pensados para la movilidad habitual, de ahí el vacío regulatorio". Además de una regulación clara, se aboga por establecer una "vigilancia" necesaria para que su uso sea el adecuado. "Seguramente, como en el caso de las bicicletas, deberían impartirse cursos de formación para circular.

Objetivo: garantizar la convivencia

Imagen: Mack Fox
Estos vehículos de movilidad personal "generan situaciones de riesgo al compartir el espacio urbano con el resto de usuarios". Por ello, se deben establecer varias categorías en función de la altura y de los ángulos peligrosos que puedan provocar daños a una persona en un atropello: los vehículos de tipo A (monociclo eléctrico, hoverboad, patín eléctrico...), que pueden alcanzar un máximo de 20 km/h; los vehículos de tipo B (segway adulto, segway mini) con una velocidad máxima de 30 km/h; y los VMP de tipo C (bicicleta con pasajeros, trixie y bici con pasajero mirando hacia atrás), que pueden alcanzar los 45 km/h.
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