Patín eléctrico, ¿un intruso en la ciudad?

El impulso de este vehículo de movilidad personal ha abierto un debate sobre los límites de su utilización entre usuarios, peatones y legisladores.
Imagen: Liam Martens

Eroski-Ramiro Varea.- Hace poco de la irrupción del patín eléctrico en las grandes y medianas ciudades. Pero ha sido tiempo suficiente para que se genere el debate sobre su utilización y sus limitaciones. Sus defensores destacan las virtudes de un vehículo que no genera gases contaminantes ni ruidos, no provoca atascos ni problemas de aparcamiento, es barato y su mantenimiento resulta sencillo. Sus detractores critican la inseguridad vial que provoca tanto en peatones como en conductores, la escasa regulación, la invasión de las aceras y la desincentivación del transporte público. En las siguientes líneas abordamos la necesidad de regular la circulación del patín eléctrico en aras a garantizar la convivencia con peatones y otros vehículos. Y, además, respondemos cinco cuestiones básicas acerca de su uso.
La polémica acompaña al patín eléctrico, que puede convertirse en uno de los regalos estrella de estas festividades. Se trata de un vehículo de movilidad personal (VMP) que cada vez cuenta con más adeptos.
Se piensa que los patines deberán circular fuera de la acera, por la calzada o zonas delimitadas, a una velocidad máxima de 25 km/h. Además, por el hecho de clasificar al patín eléctrico como un vehículo, "se le aplicarían ciertas medidas del Reglamento de Circulación, como son los controles de alcohol, drogas o la prohibición del uso de auriculares y dispositivos electrónicos". Los municipios, a través de sus ordenanzas municipales, podrán aplicar medidas adicionales para regular su empleo en las vías urbanas.

La regulación es la clave

La versatilidad es uno de los puentes fuertes de los patines eléctricos y, por extensión, del resto de VMP. Los avances tecnológicos han propiciado que el patín sea muy fácil de usar. Se puede doblar y llevar en el bus, o subirlo a la oficina. "Pero sería un error pensar que va a desbancar a otros medios de transporte que ya existen. Es simplemente una opción más. Una alternativa muy buena sobre todo en las grandes ciudades, siempre y cuando se le dote de una buena regulación.
Para proteger a los peatones, hoy en día los patines eléctricos no deben circular por aceras, limitar su velocidad máxima a 30 km/h y se establecer sanciones por un uso inadecuado
No existen datos oficiales sobre el número de usuarios y de ventas, pero el sector admite que en el último año se ha disparado su utilización.
En el centro de algunas ciudades -Madrid y Barcelona, sobre todo- se han convertido en parte del paisaje urbano en un tiempo récord. Y los responsables municipales han tomado cartas en el asunto con la aprobación de unas ordenanzas que regulan con claridad su uso.
Más allá de la particularidad de cada normativa (cada ciudad cuenta con su propia regulación), existen elementos comunes: los patines eléctricos no deben circular por aceras, está limitar su velocidad máxima en las calzadas a 30 km/h, en el mejor de los casos, y se establecer sanciones por una utilización inadecuada. El objetivo es proteger al peatón y acotar la ley de la selva en la que vivían inmersas muchas localidades con respecto al empleo de unos vehículos que han vivido en un limbo legal.
"Los patines eléctricos no estaban pensados para la movilidad habitual, de ahí el vacío regulatorio". Además de una regulación clara, se aboga por establecer una "vigilancia" necesaria para que su uso sea el adecuado. "Seguramente, como en el caso de las bicicletas, deberían impartirse cursos de formación para circular.

Objetivo: garantizar la convivencia

Imagen: Mack Fox
Estos vehículos de movilidad personal "generan situaciones de riesgo al compartir el espacio urbano con el resto de usuarios". Por ello, se deben establecer varias categorías en función de la altura y de los ángulos peligrosos que puedan provocar daños a una persona en un atropello: los vehículos de tipo A (monociclo eléctrico, hoverboad, patín eléctrico...), que pueden alcanzar un máximo de 20 km/h; los vehículos de tipo B (segway adulto, segway mini) con una velocidad máxima de 30 km/h; y los VMP de tipo C (bicicleta con pasajeros, trixie y bici con pasajero mirando hacia atrás), que pueden alcanzar los 45 km/h.
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"Fomentar y divulgar estas directrices" es clave para que los usuarios "sean conscientes de cómo deben utilizar los patines eléctricos", aunque cada localidad tenga su propia normativa municipal. Si las personas que quieren emplear el patín encuentran impedimentos en la ciudad, "dejarán de usarlo", como hasta ahora ocurría y aún sucede en muchos lugares con la bicicleta.
"Sin embargo, si las ciudades se preparan para albergar estos modos sostenibles de una manera equitativa y segura, y garantizar la convivencia con otros modos, es posible que el patín haya venido para quedarse". Se alude también a la importancia de que se hagan estudios serios sobre el mercado. "Los viajeros, ¿cómo se desplazaban antes de usar el patín? ¿Iban andando o en bicicleta? ¿O usaban el coche? Hay que valorar si realmente generan un beneficio para la sociedad y la movilidad. Eso nos ayudará a tomar decisiones".
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En cualquier caso, los especialistas apelan a la prudencia debido a la novedad del fenómeno y la ausencia de datos. Otras voces, en cambio, son mucho más optimistas y se muestran convencidas de que este nuevo vehículo no es una moda pasajera. Seguramente saldrán nuevos modelos, nuevos tipos de vehículos, se aumentará en seguridad.
Hay quienes abogan por establecer las velocidades máximas en 20 km/h, si el patín eléctrico se encuentra a la altura de la calzada, y de 15 km/h, si está encima de la acera. Además, en las calles peatonales, no podrán superar los 10 km/h. Tampoco en los parques, jardines y ciclovías. Debemos entender que el cambio climático y nuestra propia salud nos aconsejan que tenemos que cambiar nuestros hábitos de movilidad. Ante la oportunidad que supone la aparición de los VMP, lo que no podemos hacer es ponernos a la defensiva y poner impedimentos. Es una oportunidad y como tal, tenemos que aprovecharla"
Imagen: Yomex Owo

Cinco cosas que debes saber antes de subirte al patín

1. ¿Necesito seguro para circular en patinete eléctrico?
Si el patinete eléctrico es propio, no es necesario contratar un seguro para poder circular con él. En cualquier caso, podemos comprobar si en nuestra póliza de seguro de hogar tenemos incluida alguna cobertura de responsabilidad civil para bicicletas y patines, algo que es habitual (aunque no esté generalizado).
2. ¿Es obligatorio el uso del casco?
Depende. En el caso de que el patín sea propio, es obligatorio hasta los 18 años. A partir de esa edad no es obligatorio, pero sí recomendable. También es obligatorio el empleo del casco para los conductores de patines eléctricos de gran tamaño (los vehículos de tipo B). De momento, no hay pistas al respecto sobre si incluirá o no este punto en la futura normativa, pero los expertos coinciden en que sí debería ser obligatorio sobre todo por la vulnerabilidad a la que se expone el usuario. Esto es muy importante cuando el patín comparte la vía de circulación con el resto de medios de transporte, como ocurre en las grandes ciudades. Hay que tener en cuenta que es un vehículo que puede ir a gran velocidad y carece de protección, por lo que es muy sensible a baches, golpes, frenazos, etc.
3. ¿Los menores de edad pueden conducir un patinete eléctrico?
Depende de las ordenanzas municipales. En Madrid, la edad mínima para conducir un patinete eléctrico es de 15 años. En Barcelona se amplía a los 16 años, y los menores de 16 podrán utilizarlos fuera de las zonas de circulación en espacios cerrados al tráfico bajo la responsabilidad de sus padres, madres y tutores. Por cierto, como un patín eléctrico es un vehículo de movilidad personal, su uso debe ser unipersonal. Dos personas sobre un patín es peligroso.
4. ¿Se puede circular por la acera?
Esta cuestión es clave. A falta de que se apruebe una ley, los municipios deben reglamentar la circulación de los patines eléctricos por las aceras y por los espacios peatonales. Es decir, solo deben subir a las aceras los patines que no tengan motor y no superen los 5 km/h. El objetivo es proteger al peatón y garantizar su seguridad para evitar así que se produzcan atropellos. El resto de vehículos de movilidad personal deben circular solo por la calzada. También podrán ocupar los carriles bici, pero nunca por el carril bus. Además, deberán disponer de timbre, sistema de frenado, luces y elementos reflectantes homologados. Cuando no haya opción de circular, el usuario debe bajarse e ir andando por la acera.
5. ¿A qué velocidad puedo circular?
Catalogados los patines eléctricos como VMP, la velocidad máxima para los de tipo A es de 20 km/h (en los de tipo B se amplía a 30 km/h). En cualquier caso, hay que estar pendientes regular y señalizar

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